
Este martes inició el pleno de la undécima sesión de la Convención Reformadora de Santa Fe, la cual retomará este miércoles para aprobar la composición final de la nueva Constitución Provincial. La sesión, que se inició el martes en horas de la tarde, tuvo dos cuartos intermedios por pedido de la Comisión Redactora.
Finalmente, entró en cuarto intermedio luego de una extensa jornada de exposiciones.
En el reinicio del plenario, previsto para la jornada de este miércoles, los convencionales concluirán el análisis del armado de la nueva Carta Magna y procederán a la votación del texto completo de la reforma. La aprobación marcará el cierre de dos meses de trabajo en comisiones y sesiones plenarias.
Presidente honorario
Durante la sesión se designó como presidente honorario a Miguel Lifschitz, exgobernador de la Provincia de Santa Fe, moción fue aprobada por unanimidad.
La Constitución, parte por parte
La nueva Carta Magna estará dividida en cinco partes, organizadas de la siguiente manera.
Primera parte: Principios, declaraciones, derechos y garantías
Incluye cláusulas democráticas, republicanas y de soberanía (como la de Malvinas). Reconoce nuevos derechos: digitales, ambientales, de consumidores y usuarios, de las víctimas, al agua y a la ciudad. Incorpora la protección de datos personales, la igualdad y medidas de acción positiva. Refuerza garantías clásicas como hábeas corpus, amparo y hábeas data. Declara la educación como derecho fundamental y establece principios en políticas públicas, ordenamiento territorial, servicios públicos, cooperativismo y mutualismo.

Segunda parte: Régimen electoral y participación ciudadana
Regula el sistema de elecciones legislativas bajo representación proporcional D’Hont sin mayoría automática. Reconoce y amplía mecanismos de participación directa: consulta popular, iniciativa ciudadana, revocatoria de mandatos y presupuestos participativos, entre otros.
Tercera parte: Organización del Estado
Poder Legislativo: mantiene las dos cámaras, con nuevas reglas sobre reelección (un período), sesiones, inmunidades y fueros.
Poder Ejecutivo: habilita la reelección del gobernador y vice por un solo período. Crea la figura del ministro coordinador como posibilidad, no obligación.
Poder Judicial y Ministerio Público: establece una Corte Suprema con siete miembros, ubica al MPA como órgano extrapoder y define mecanismos de designación y enjuiciamiento de jueces, fiscales y defensores mediante concursos y consejos.
Órganos de control: fortalece Tribunal de Cuentas y Defensoría del Pueblo.
Juicio político: mantiene el procedimiento para las más altas autoridades.
Cuarta parte: Régimen municipal, regiones y áreas metropolitanas
Consagra la autonomía plena de municipios y comunas. Reconoce a las áreas metropolitanas como unidades de gestión con rango constitucional.
Quinta parte: Reforma de la Constitución
Establece el procedimiento para futuras modificaciones y fija las disposiciones transitorias que ordenan la aplicación inmediata y escalonada de las novedades.
Los principales cambios
La nueva Constitución santafesina deja un paquete de transformaciones que reconfiguran el mapa político e institucional de la provincia:
–Reelecciones limitadas: el gobernador y vice podrán ser reelectos por un solo período. Igual criterio regirá para senadores y diputados a partir del próximo mandato.
–Fin de la mayoría automática en Diputados: se termina el sistema por el cual se establecía que el ganador de la elección se aseguraba 28 bancas sobre 50, y se adopta el sistema proporcional D’Hont puro.
Nuevos derechos: se suman garantías vinculadas a la era digital (protección de datos, entornos seguros en redes), el ambiente, el agua, la ciudad, los consumidores y las víctimas.
Participación ciudadana ampliada: se incorporan mecanismos como la consulta popular vinculante, la iniciativa ciudadana y la revocatoria de mandatos.
Régimen municipal autónomo: todos los núcleos poblacionales pasan a ser municipios. Las ciudades de más de diez mil habitantes podrán dictar carta orgánica propia. Reconocimiento de áreas metropolitanas.
Corte Suprema y Ministerio Público: la Corte queda fijada en siete miembros que cesan sí o sí a los 75 años; el MPA se ubica como órgano extrapoder, independiente de los tres poderes clásicos.
Nuevos mecanismos para jueces y fiscales: concursos vinculantes, consejos asesores y un tribunal especial de enjuiciamiento reemplazan a los sistemas actuales.
Blindaje de la Caja de Jubilaciones: se consagra su intransferibilidad, impidiendo que la provincia delegue el régimen previsional.
Órganos de control fortalecidos: Tribunal de Cuentas y Defensoría del Pueblo con más atribuciones.
Política fiscal y responsabilidad: se incorporan criterios de equilibrio presupuestario y control del gasto, en sintonía con el clima de época.