El concejal Minetto insistió en incompatibilidades en el Ejecutivo Municipal

El concejal justicialista Claudio Minetto hizo foco hoy en una situación que entiende es irregular en relación con cómo quedó conformado el Ejecutivo Municipal tras algunos cambios, renuncias e incorporaciones. Especialmente en el área de Cultura.

«Ayer, el presidente del Honorable Concejo Municipal nos informó que hoy se presentaría en el recinto el Secretario de Hacienda para dialogar sobre el proyecto de ordenanza relacionado con la actualización de aranceles de las carreras del Liceo Municipal. Sin embargo, nuevamente nos encontramos con la presencia del exsubsecretario de Cultura y Educación, Sergio Palermo, quien presentó su renuncia a su función el 30 de septiembre para volver a su cargo perteneciente al Servicio Penitenciario de la Provincia de Santa Fe» comenzó en su publicación de redes Claudio Minetto.

«El 20 de octubre ingresé un pedido de informe solicitando conocer bajo qué figura se encuentra actualmente vinculado a la Municipalidad de Coronda, tras recibir reclamos de empleados que desconocen su situación de revista. Primero, el Secretario de Gobierno manifestó que Palermo estaba como “colaborador del área facturando gastos”. Luego, el Intendente aseguró que “se le iba a hacer un contrato con la Municipalidad”, desconociendo completamente el artículo 1° de la Ley 4973, que no lo permite» agregó el edil peronista.

«Hoy volvimos a preguntar al Secretario de Hacienda en carácter de qué se presentaba en el Concejo Municipal. Nos respondió que “tenía un contrato”. Le exigimos que envíe la información solicitada el 20 de octubre para conocer cuál es la figura legal que lo vincularía al municipio. No se puede engañar más a la sociedad corondina» añadió.

«Hay una situación de incompatibilidad por donde se la mire, y estamos convencidos de que el Intendente debe tomar la decisión de alejarlo por completo de cualquier relación con el Municipio y con los empleados municipales, y ajustarse a las leyes provinciales vigentes» finalizó.

El artículo al que alude Minetto dice lo siguiente: «Los agentes dependientes del Poder Legislativo y de la administración pública centralizada o descentralizada, entidades autárquicas, empresas del Estado provincial, sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal provincial mayoritaria, sociedades de economía mixta, servicios de cuentas especiales, bancos oficiales provinciales, obras sociales y organismos o entes previsionales provinciales y de todo otro ente estatal provincial, cualquiera fuera su forma u origen no podrán ser titulares de más de un cargo efectivo de presupuesto».

«Tampoco podrán tener contratos de prestación de servicios, locación de obras, asesoramiento o de otra característica que signifiquen más de una retribución normal y habitual, cualquiera fueren los términos de los mismos».